Respuesta a incidentes

Respuesta a incidentesde ciberseguridad para empresas

La respuesta a incidentes es el trabajo de contener un ataque, sacar al atacante, recuperar los sistemas y aprender para que no se repita. Lo hacemos con un método probado (NIST SP 800-61 e ISO/IEC 27035), cuidando las evidencias y apoyados en nuestro SOC/MDR 24/7.

Qué hacemos cuando hay un incidente

  1. 01

    Detección y análisis

    Confirmamos qué ha pasado, qué sistemas están afectados y cuál es el alcance real.

  2. 02

    Contención

    Aislamos equipos y cuentas comprometidas para que el ataque no se extienda.

  3. 03

    Erradicación

    Eliminamos el acceso del atacante, el malware y la causa que lo permitió.

  4. 04

    Recuperación

    Restauramos servicios y datos desde copias limpias y vigilamos que no vuelva.

  5. 05

    Lecciones aprendidas

    Documentamos lo ocurrido y reforzamos los controles para que no se repita.

Cómo se contrata

Bajo demanda

Nos llamas cuando ocurre el incidente y trabajamos con el alcance que haga falta.

Con un acuerdo previo

Tiempos de respuesta y horas pactados por escrito antes de que pase nada.

Junto a Securiza720

La detección y la contención en los equipos ya están en marcha 24/7 con el SOC/MDR.

Forense y cadena de custodia

  • Conservamos las evidencias (memoria, discos, registros) antes de tocar nada.
  • Documentamos quién accede a cada evidencia y cuándo, para que sirva ante una aseguradora o un juzgado.
  • Reconstruimos la cronología del ataque: por dónde entró, qué hizo y qué se llevó.

Ransomware: ¿pagar o no?

  • Pagar no garantiza recuperar los datos ni que no los publiquen, y financia nuevos ataques.
  • Antes de decidir nada, valora con especialistas si se puede recuperar desde copias y qué datos se han llevado.
  • Habla con tu asesor jurídico y tu aseguradora: puede haber implicaciones legales y de póliza.

A quién hay que avisar y en qué plazo

Según la empresa y lo ocurrido, puede haber obligaciones de notificación. Estas son las principales:

QuiénCuándoBase
AEPD, si hay datos personales afectadosHasta 72 horas desde que se conoce la brechaRGPD, art. 33
INCIBE-CERT (empresas) o CCN-CERT (sector público)Según el régimen aplicableReal Decreto-ley 12/2018
Entidades sujetas a NIS2Alerta temprana en 24 h, notificación en 72 h e informe final en un mesDirectiva NIS2, art. 23
En Portugal: CNCSPlazos del régimen nacionalDecreto-Lei 125/2025
Policía o Guardia CivilDenuncia—
Tu aseguradora de ciberriesgosSegún la pólizaContrato

Resumen orientativo, no asesoramiento jurídico: cada caso se revisa con el asesor legal o el DPD de la empresa.

Prepararse antes de que pase

  • Un plan de respuesta escrito: quién decide, a quién se llama y qué se hace en la primera hora.
  • Simulacros de mesa (tabletop) con dirección y con el equipo técnico.
  • Copias aisladas y probadas, y contactos de urgencia a mano.

Preguntas frecuentes sobre respuesta a incidentes

Aísla los equipos afectados de la red sin apagarlos, no borres nada y llámanos. En nuestra página de urgencia tienes los pasos de la primera hora.

Sí. Atendemos incidentes bajo demanda aunque no tengas un contrato previo con nosotros.

Depende del alcance del incidente y del modelo de contratación. Con un acuerdo previo, los tiempos y las horas quedan pactados por escrito.

Te ayudamos a preparar la información técnica y coordinamos con tu asesor jurídico o tu DPD, que deciden qué notificar y a quién.

¿Necesitas ayuda con un incidente?

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